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Nota sobre uso hospitalario de la vacuna de varicela

VADEMECUM - 15/07/2014  LEGISLACIÓN

La catalogación de un medicamento como de "uso hospitalario" no quiere decir que la vacuna sólo vaya a ser administrada en hospitales

Última actualización: 11/07/2014

Fecha de publicación: 11 de julio de 2014

Categoría: MEDICAMENTOS USO HUMANO, VACUNAS.
Referencia: MUH, 19/2014

La catalogación de un medicamento como de «uso hospitalario» no quiere decir que la vacuna sólo vaya a ser administrada en hospitales. La vacuna de la varicela se seguirá administrando en los centros sanitarios autorizados por las Comunidades Autónomas para cumplir con el calendario oficial de vacunación, así como con la vacunación de grupos de riesgo.

La catalogación como de «uso hospitalario» permite un mayor control sobre las coberturas reales de vacunación por parte de las autoridades sanitarias. Además garantiza que la vacuna llega a todos los grupos de riesgo o personas que la necesiten. Posibilita la actuación sanitaria en cualquier situación de riesgo (alertas, problemas de seguridad,…).

La catalogación de un medicamento como de «uso hospitalario» no requiere el cambio de la ficha técnica del medicamento. La ficha técnica de las vacunas ya incluye que deben utilizarse siguiendo las recomendaciones oficiales.

El uso fuera de control o la adquisición a través de circuitos no legales (por ejemplo Internet), supone un riesgo para la población. En el caso de la vacuna de varicela, el uso hospitalario viene a garantizar el uso adecuado a las Recomendaciones Oficiales, así como el control de circuitos ilegales de venta, que pueden afectar su calidad, seguridad y eficacia.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, evalúa permanentemente las condiciones establecidas y vela por su cumplimiento.

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Entidades:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
 
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