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Modificación de los anexos II, III, V y VI del Reglamento (CE) nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos

VADEMECUM - 26/04/2013  LEGISLACIÓN

El reglamento (UE) nº 344/2013 de la comisión, modifica el reglamento (CE) nº 1223/2009

REGLAMENTO (UE) Nº 344/2013 DE LA COMISIÓN de 4 de abril de 2013 por el que se modifican los anexos II, III, V y VI del Reglamento (CE) nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los productos cosméticos

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Visto el Reglamento (CE) n o 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre los productos cosméticos, y, en particular, su artículo 31, apartados 1 y 2,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos II, III, V y VI del Reglamento (CE) nº 1223/2009 quedan modificados con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.


Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 11 de julio de 2013.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 4 de abril de 2013.

 

Fuente: Unión Europea

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Unión Europea
 
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